Baleares se suma a la moda del tanteo y retracto

dos portavoces del gobierno balear en la rueda de prensa sobre el nuevo decreto ley que modifica materias de vivienda

El Govern Balear podrá comprar cualquier tipo de casas, así como ceder los derechos de tanteo y retracto a las demás entidades públicas.

Desde hace ya tiempo, el ejecutivo balear se viene caracterizando por sus políticas intervencionistas. Estas medidas le están sirviendo, entre otras, para hacerse con el mayor número de viviendas posibles. El Gobierno dirigido por la socialista Francina Armengol, ha aprobado un nuevo Decreto Ley que permite a la administración, comprar todo tipo de viviendas a los grandes tenedores, incluidas las unifamiliares. Este nuevo decreto también permite ceder los derechos de tanteo y retracto a entidades de menor envergadura como consells insulares o ayuntamientos, además de permitir ampliar este plazo de adquisición preferente hasta los dos meses, entre algunas de las medidas más destacadas.

La nueva norma ya es la segunda modificación que sufre la Ley de Vivienda de 2018 en poco tiempo. El objetivo es destinar a diferentes usos, generalmente a vivienda, todos aquellos inmuebles que los grandes tenedores compren y vendan entre sí. La diferencia es que, hasta este momento, el Govern Balear solo se había interesado en viviendas parecidas a las de Protección Oficial (VPO), con el fin de destinarlas a vivienda social. Por lo que, otro tipo de apartamentos quedaban fuera de su interés. Pues bien, lo que hace el nuevo decreto es abrir la puerta a la adquisición de todo tipo de viviendas. De tal forma que, se le capacita a la compra, por ejemplo, de viviendas unifamiliares que pudieran interesar como recursos sociales de alojamiento o viviendas tuteladas para los colectivos más desfavorecidos.

el conseller balear de vivienda en una rueda de prensa

Para ello, el Gobierno de las Islas Baleares tendrá la capacidad de ceder los derechos de tanteo y retracto que se atribuyó con la Ley de Vivienda de 2018. La cesión del ejercicio de estos derechos se realizará mediante la firma de convenios con consells insulares, ayuntamiento o entidades de capital público en su mayoría. De esta forma, se capacita a que cualquier administración del territorio Balear pueda ejercer la opción de compra preferente en todas aquellas operaciones de transmisión de inmuebles entre grandes tenedores.

El derecho de retracto para el Govern Balear se amplía de un mes a dos

Las condiciones para el ejercicio de los derechos de tanteo y retracto también aumentan, así como las obligaciones de los grandes propietarios. De ahora en adelante, el derecho de retracto sobre todas las operaciones de vivienda entre pertenecientes a este grupo, queda ampliado a un plazo de dos meses desde que la administración haya tenido conocimiento de la venta, frente al plazo de un mes que establecía la norma anterior. También se refuerzan las obligaciones de colaboración que deben establecer los grandes tenedores con la administración, siempre que se enfrenten a un proceso de venta de inmueble, como por ejemplo; aportar información más detallada sobre el comprador, las cargas de la vivienda o la identificación registral y catastral. Pero no queda ahí, ya que la obligación de colaboración es tanto para vendedor, como comprador.

Para reforzar este endurecimiento de las obligaciones de colaboración, el Govern ha decidido aumentar las sanciones para aquellos que no cumplan e intenten impedir el afloramiento de las casas vacíos. Por ejemplo, no facilitar de forma correcta y veraz la información requerida, pasa a calificarse como una infracción grave castigada con una multa entre los 3.001 y 30.000 euros.

Asimismo, no llegar a comunicar una operación entre grandes tenedores, se califica como una infracción muy grave, penada con una multa entre los 30.001 y 90.000, tanto para el vendedor, como para el comprador. En el caso de no cumplir con las obligaciones pertinentes con la comunidad de propietarios, se considerará como una infracción grave, pudiendo ser castigada como una multa desde los 3.001 euros, hasta los 30.000 euros.

Las sanciones por no comunicar una venta de vivienda pueden llegar hasta 90.000 euros

El nuevo decreto también prohíbe subarrendar las Viviendas de Protección Oficial (VPO), además de la cesión del uso total o parcial de las mismas, sin ningún control de la administración. De tal forma que, el alquiler de este tipo de viviendas que un particular tenga en propiedad, se debe hacer por el precio máximo que la entidad pública tenga fijado, si este fuera superado, se podría sancionar o incluso, finalizar el contrato de arrendamiento. Además, se introduce la norma de que si el arrendatario fuera una persona o familiar en situación de vulnerabilidad, puede seguir habitando el inmueble, ajustando el precio a la cantidad fijada por la administración, estableciéndose la obligación de que el propietario le devuelva la cantidad total de lo que se haya cobrado indebidamente.

la presidenta del Gobierno Balear en unas obras de vivienda de proteccion oficial

La idea es dotar con más y mejores a herramientas a los inspectores, facilitando la detección de infracciones en todo lo relativo a la vivienda, para que puedan actuar sin identificarse previamente o, incluso, con una identidad encubierta. Es importante destacar, que el Govern Balear calcula que al menos hay un centenar, o casi, de Viviendas de Protección Oficial ocupadas ilegalmente y reconoce que es incapaz de cobrar uno de cada cuatro recibes que emite.

El documento que ha sido aprobado también contempla incrementar la lucha contra la infravivienda y la comercialización que con esta se hace. Antes solo era susceptible de ser sancionada en casos de alquiler y a partir de ahora, también lo será en los casos de compraventa y otros tipos de cesión.

Desde la Conselleria se defiende la utilidad de una ley “novedosa y atrevida”, como es la Ley de Vivienda de 2018, que desde su aplicación se ha demostrado como “mejorable” en aspectos como los que viene a modificar el nuevo Decreto Ley, que también ha previsto mejoras en la tramitación y concesión de ciertas ayudas. Se establece que se podrán recibir pagos parciales de las ayudas a medida que se vaya completando la tramitación del respectivo expediente. También viene a eliminarse la obligación de acreditar el depósito de fianza por parte del solicitante de la ayuda.

En el caso de ayudas de otro tipo, se podrá avanzar al solicitante el 100% del importe, justificándose gastos inferiores a  3.000 euros mediante una declaración responsable.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir